Nuevas tablas actualizadas por IPC para retenciones de ganancias - Septiembre 2024

El día de hoy, AFIP publicó la actualización de las escalas y deducciones que corresponden a la retenciones de impuestos a las ganancias sobre sueldos de septiembre.

La publicación cita lo siguiente.

Se actualizaron los tramos de las escalas del artículo 94 y las deducciones del artículo 30 del Impuesto a las Ganancias, aplicables a las remuneraciones percibidas desde el 1 de septiembre y hasta el 31 de diciembre de 2024.

Escalas de alícuotas del artículo 94

Las personas humanas y las sucesiones indivisas abonarán sobre las ganancias netas sujetas a impuesto las sumas que resulten de acuerdo con la siguiente escala:

  • Liquidación anual. Enlace
  • Aplicable a remuneraciones percibidas desde el 1° de septiembre de 2024 hasta el 31 de diciembre de 2024. Enlace

Deducciones personales del artículo 30

Las deducciones son importes que restan y disminuyen la base imponible sobre la cual se calcula el impuesto a pagar. Son otorgados mediante ley y tienen un valor o tope determinado.

  • Liquidación anual. Enlace
  • Deducciones - segundo período (sept a dic/24). Enlace

Deducciones específicas

Cuando se trate de ingresos provenientes de jubilaciones, pensiones, retiros o subsidios, las deducciones por ganancias no imponibles y deducción especial serán reemplazadas por una deducción específica. Esta será equivalente, a partir del período fiscal 2021, a 8 veces la suma de los haberes mínimos garantizados, vigentes en cada mes del período.

Fuente: publicación de AFIP del 24/09/2024.